En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), integrado por la Magistrada Presidenta, Mtra. Magali Arellano Córdova, la Magistrada por Ministerio de Ley, Mtra. María Trinidad López Toalá y el Magistrado por Ministerio de Ley, Dr. Moisés Abrahan Espinosa Mota, resolvió los juicios de la ciudadanía con relación a actos que podrían constituir Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y Obstrucción al ejercicio y desempeño del cargo, atribuidos a presidentes municipales y servidores públicos de los ayuntamientos de Acapetahua y Huixtla, respectivamente.
En el juicio de la ciudadanía TEECH/JDC/024/2026, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas determinó modificar la resolución emitida el 14 de julio de 2026 por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), dentro de un procedimiento especial sancionador relacionado con presuntos actos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, señalados en contra del Presidente Municipal y otros servidores públicos del Ayuntamiento de Acapetahua.
Al resolver, el Pleno consideró fundados los agravios de la parte actora, al advertir que la autoridad administrativa electoral realizó una indebida valoración de las pruebas y omitió analizar de manera integral las conductas denunciadas con perspectiva de género.
En consecuencia, acreditó la existencia de violencia política en perjuicio de la parte actora y vinculó al Consejo General del IEPC para dar cumplimiento a los efectos establecidos en la sentencia.
Posteriormente, en el juicio de la ciudadanía TEECH/JDC/028/2026, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas acreditó la vulneración al derecho político-electoral de ser votada, en su vertiente de Obstrucción al ejercicio y desempeño del cargo de la síndica municipal, por omisiones atribuidas al Presidente y Secretario del Ayuntamiento de Huixtla.
El Pleno declaró fundados los agravios relacionados con la obstrucción al ejercicio del cargo, al considerar que las autoridades responsables no acreditaron haber convocado legalmente a la parte actora a las sesiones de Cabildo, ni haberle proporcionado las condiciones necesarias para el desempeño de sus funciones. Asimismo, no comprobaron el pago de las remuneraciones correspondientes al ejercicio de su cargo.
Con estas resoluciones, el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas reafirma su compromiso con una justicia electoral con perspectiva de género, que garantice la protección de los derechos político-electorales de las mujeres, el acceso efectivo a la justicia y el ejercicio de los cargos de elección popular en condiciones de igualdad y libres de violencia.
La sesión fue transmitida en vivo a través de las redes sociales del Tribunal. Las sentencias pueden consultarse en el portal oficial: https://teechiapas.gob.mx/.

























































